El Decreto 0056 de 2012, “por el cual se prorroga el estado de emergencia sanitaria en el municipio de Bucaramanga y se toman otras disposiciones”, fue promulgado esta tarde en rueda de prensa por el alcalde Luis Francisco Bohórquez, al concluir una sesión permanente institucional con los mandatarios metropolitanos Néstor Fernando Díaz (Floridablanca), Ángel de Jesús Becerra (Piedecuesta) y Héctor Josué Quintero (Girón), y mediante la cual se analizaron y adoptaron las soluciones temporales y definitivas al prioritario tema de disposición final de los residuos sólidos, en tres frentes de trabajo, a saber:
- Disposición final controlada en El Carrasco.
- Desarrollo de la campaña de cultura ciudadana para reducir la cantidad de desechos.
- Evaluación de alternativas tecnológicas distintas al relleno sanitario.
En mérito de lo expuesto y las consideraciones del Decreto 0056 de 2012, el alcalde Luis
Francisco Bohórquez, determinó:
Artículo Primero: Prorrogar, a partir del 1 de abril de 2012, por el término de dieciocho meses, el estado de emergencia sanitaria declarado en el Municipio de Bucaramanga mediante el Decreto 0234 de 2011.
Artículo Segundo: En el término de la emergencia sanitaria aquí declarada, se hará uso de la capacidad instalada remanente del área adyacente al sitio actual de disposición final de residuos sólidos, el cual se encuentra ubicado en el kilómetro 7 en la vía que conduce de Bucaramanga a Girón, en el predio denominado El Carrasco, propiedad de la Empresa de Aseo de Bucaramanga, EMAB, hasta que cope su vida útil, conforme a la capacidad señalada en la parte motiva del presente Decreto.
Artículo Tercero: La coordinación de todas las actividades interinstitucional que se adelanten para atender la emergencia sanitaria declarada, estará a cargo de la Secretaría de Salud y Ambiente de Bucaramanga y de la Empresa de Aseo de Bucaramanga.
Artículo Cuarto: Sobre las medidas adoptadas para atender la emergencia sanitaria se informará al Comité Local de Prevención y Atención de Desastres, a la Procuraduría Generala de la Nación y demás entes de control, a las autoridades ambientales, a la Superintendencia de Servicios públicos, las empresas de servicios públicos y demás autoridades competentes, solicitando además su acompañamiento.
Artículo Quinto: Aprópiense los recursos que sean necesarios para solucionar la emergencia sanitaria y mitigar sus efectos. La declaratoria de emergencia no implica que el municipio asuma los costos que legal y reglamentariamente corresponden a las empresas prestadoras del servicio de aseo a los usuarios.
Artículo Sexto: Comunicar este decreto a la Secretaría de Salud y Ambiente, para que adopte las medidas necesarias con el fin de garantizar la salud integral de los habitantes y a la Empresa de Aseo de Bucaramanga, con el fin de que utilice la capacidad instalada remanente del área adyacente al actual sitio de disposición final de residuos sólidos, ubicada en El Carrasco.
Artículo Séptimo: Comunicar al comandante de la Policía Metropolitana el presente acto administrativo, con el fin de tomar las medidas pertinentes para impedir que las basuras sean arrojadas en sectores públicos e imponer las medidas de seguridad necesarias, para garantizar la disposición final en el sitio dispuesto en el presente Decreto:
Artículo Octavo: Comisionar al Comité del Plan de Gestión de Residuos Sólidos, PGIRS, al Instituto Municipal de Cultura y Turismo, a la Secretaría de Salud y Ambiente del municipio de Bucaramanga, para que adelanten las campañas de sensibilización a la comunidad respecto del manejo adecuado de los residuos sólidos y de la situación de emergencia sanitaria que se afronta, en la cual reciclar ya no es una opción sino una obligación.
NOTICIA EN DESARROLLO
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